Resultados

Buscador

Relatoría especial sobre los derechos humanos al agua potable y al saneamiento, Reporte temático 3 (A/HRC/45/11)

A.Cooperación para el desarrollo1.Informes del Relator Especial sobre la cooperación para el desarrollo11 11. En materia de cooperación y asistencia internacionales, los Estados, los organismos de las Naciones Unidas, los asociados internacionales para el desarrollo y los organismos de financiación son actores importantes que apoyan a los Estados en la realización de los derechos humanos al agua y el saneamiento. En el último decenio, la cooperación para el desarrollo en el sector del agua y el saneamiento ha recibido más atención a nivel internacional. Con la aprobación en 2015 de la A genda 2030 para el Desarrollo Sostenible, se empezó a considerar explícitamente la cooperación para el desarrollo como medio para la consecución de las metas 6.1 y 6.2 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, relativas al agua y el saneamiento (...).

Relatoría especial sobre los derechos humanos al agua potable y al saneamiento, Reporte temático 3 (A/HRC/45/11)

61. El acceso al agua y el saneamiento en muchas esferas de la vida distinta s del hogar es un elemento esencial de los derechos humanos al agua y el saneamiento. Sin embargo, a menudo hay una clara negligencia en la provisión y promoción de estos servicios vitales en esos lugares. La legislación y las políticas nacionales relativa s al agua y el saneamiento a menudo se centran únicamente en la mejora del acceso a nivel de los hogares, en tanto que las esferas distintas del hogar son rara vez tenidas en cuenta por los gobiernos nacionales o locales, los proveedores de servicios o los  organismos reguladores. De resultas de ello, con frecuencia se producen posibles violaciones de los derechos humanos que afectan de manera desproporcionada a las personas que viven en situación de vulnerabilidad, como las personas sin hogar. En esos casos , las vulneraciones de los derechos al agua y el saneamiento conllevan la violación de varios otros derechos conexos. El hecho de que los Estados no incluyan el acceso al agua potable y el saneamiento en los espacios públicos y en otras esferas de la vida distintas del hogar dentro de sus políticas y planificación también es incompatible con el compromiso asumido en relación con los Objetivos de Desarrollo  Sostenible. Los espacios públicos, que son zonas accesibles para todos, constituyen fuentes de sustent o para muchas personas y, por consiguiente, se les debe dar el debido reconocimiento en las políticas de agua y saneamiento de los Estados. Ello requiere la acción concertada de los g obiernos nacionales y locales, los proveedores de servicios y los organis mos reguladores a fin de eliminar las barreras al acceso y definir claramente las funciones y responsabilidades de todos los agentes que intervienen en la provisión de servicios.

Relatoría especial sobre los derechos humanos al agua potable y al saneamiento, Reporte temático 3 (A/HRC/45/11)

21. Los megaproyectos no solo afectan a los derechos humanos al agua y al saneamiento. Hay una amplia gama de megaproyectos, con una gama igualmente amplia de repercusiones y consecuencias para el ejercicio de diversos derechos humanos por grupos en situación de vulnerabilidad, en particular, los pueblos indígenas y los defensores de los derechos humanos que mi litan por los derechos de los grupos afectados por los megaproyectos. A fin de prevenir y mitigar los riesgos derivados de esos proyectos y garantizar el respeto de los derechos humanos, el Relator Especial introdujo un marco del ciclo de los megaproyectos p ara la realización de los derechos humanos al agua y el saneamiento, que consta de siete etapas, cada una de las cuales tiene diferentes repercusiones en el acceso al agua y el saneamiento, y factores que dificultan o favorecen el ejercicio de los derech os humanos al agua y el saneamiento. El Relator Especial explicó cada una de las etapas del ciclo de los megaproyectos y proporcionó una lista de preguntas que sirven como directrices para que los agentes responsables cumplan sus obligaciones y responsabil idades en materia de derechos humanos. Las etapas del ciclo de los megaproyectos son las siguientes: la macroplanificación, la concesión de licencia o autorización, la planificación y la concepción, la construcción, el funcionamiento a corto plazo, el func ionamiento a largo plazo, el desmantelamiento y la gestión de desastres.

Relatoría especial sobre los derechos humanos al agua potable y al saneamiento, Reporte temático 3 (A/HRC/45/11)

6. Además, la aprobación de la resolución 64/292 de la Asamblea General constituye un avance importante, pues es el primer instrumento internacional en el que se reconoció que el derecho al agua pot able y el saneamiento era un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos. Esa resolución histórica allanó el camino para la posterior adopción de medidas por la comunidad internacional, incluida la resolución 1 5/9 del Consejo de Derechos Humanos, aprobada en septiembre de 2010, en la que el Consejo afirmó ese reconocimiento. Cinco años más tarde, la Asamblea, en su resolución 70/169, reconoció el derecho humano al agua potable y el derecho humano al saneamiento como dos derechos distintos, que tenían características particulares que justificaban su tratamiento por separado a fin de abordar problemas específicos en su realización. 

Relatoría especial sobre los derechos humanos al agua potable y al saneamiento, Reporte temático 3 (A/HRC/45/11)

IV.Los derechos humanos en las políticas 24. El marco de derechos humanos es un instrumento poderoso que puede utilizarse en los pr ocesos de formulación de políticas y adopción de decisiones a nivel nacional para cumplir las obligaciones en materia de derechos humanos. Como instrumento de formulación de políticas, el enfoque basado en los derechos humanos se centra en la interpretació n de las dimensiones jurídica, política, institucional y normativa de los derechos humanos. Examinando la medida en que el marco de los derechos humanos al agua y el saneamiento se incorpora a esas dimensiones, pueden determinarse y abordarse varias defici encias que impiden el ejercicio efectivo de los derechos humanos.

Relatoría especial sobre los derechos humanos al agua potable y al saneamiento, Reporte temático 3 (A/HRC/45/11)

18. Las organizaciones de ayuda también han adoptado medidas para armonizar sus estrategias con el marco de derechos humanos. Por ejempl o, WaterAid centra su estrategia mundial en la reducción de las desigualdades en el acceso al agua y el saneamiento, en particular las que impiden que las poblaciones económicamente vulnerables y más marginadas ejerzan sus derechos al agua y el saneamiento 20 . Esta estrategia consiste, entre otras cosas, en ayudar a los Estados asociados a ampliar su capacidad en materia de igualdad e inclusión, y colaborar con los gobiernos locales para hacer frente a los desafíos sistémicos que han de superarse para poder p restar servicios de abastecimiento de agua y saneamiento a todos.

Relatoría especial sobre los derechos humanos al agua potable y al saneamiento, Reporte temático 3 (A/HRC/45/11)

13. En los informes, el Relator Especial utiliza el término " cooperación para el desarrollo " para destacar la pertinencia de los dos componentes: el " desarrollo " , como finalidad de este tipo de apoyo a los Estados interesados, y la " cooperación " , que denota una relación horizontal entre los financiadores y los Estados receptores. Por convención, se incluyen en la cooperación para el desarrollo medidas como donaciones, préstamos, condonación de deudas, apoyo técnico y programático y asesoramiento sobre políticas a los Estados receptores. El término " financiador "  se utiliza en lugar de " donante "  u otro término par a destacar que las entidades en cuestión principalmente otorgan préstamos y no donaciones. Se utiliza el término " Estado asociado "  en lugar de " país receptor " , para favorecer una relación más horizontal entre el financiador y el Estado que recibe el apoyo.

Relatoría especial sobre los derechos humanos al agua potable y al saneamiento, Reporte temático 3 (A/HRC/45/11)

V.Los derechos humanos y el enfoque centrado en las personas 48.  El enfoque basado en los derechos humanos coincide con un enfoque centrado en las pers onas, en el que los titulares de derechos y la protección de sus derechos ocupan un lugar central. En cuanto a la tercera dimensión, centrada en las personas, el Relator Especial prestó especial atención a determinados grupos que se ven afectados por la in suficiencia de los servicios de agua y saneamiento, como las mujeres y las niñas; las personas sin hogar; y las personas desplazadas por la fuerza, incluidos los refugiados y los desplazados internos. 

Relatoría especial sobre los derechos humanos al agua potable y al saneamiento, Reporte temático 3 (A/HRC/45/11)

III.Los derechos humanos como factor impulsor 10. Un enfoque del agua y el saneamiento basado en lo s derechos humanos entraña la determinación de los atributos del acceso al agua y el saneamiento y la identificación de los grupos en situación de vulnerabilidad que no tienen un acceso adecuado al agua y el saneamiento. Un enfoque de ese tipo requiere ade más que se indaguen las causas fundamentales de los atributos y los determinantes estructurales, o los factores impulsores, de la exclusión. Para ello, los derechos humanos se utilizan como un lente analítico para identificar las causas estructurales de la s desigualdades en el acceso al agua y el saneamiento y otras vulneraciones de los derechos humanos al agua y el saneamiento, incluida la no realización de estos derechos. 

Relatoría especial sobre los derechos humanos al agua potable y al saneamiento, Reporte temático 4 (A/74/197)

67. Los agentes responsables deben incluir en la planificación y la concepción de los megaproyectos un análisis minucioso de la necesidad de desplazamiento de la población. Cuando el desplazamiento sea inevitable, deben elaborar planes para proporcionar agua potable antes y después de los desalojos. Todas las medidas de reasentamien to, tales como el suministro de agua y saneamiento, deben ser coherentes  con los principios de derechos humanos y finalizar antes de que se traslade a las personas afectadas de sus lugares de residencia (principios básicos y directrices sobre los desalojos  y el desplazamiento generados por el desarrollo, párr. 44) Los agentes responsables deben velar por que las personas o los grupos desalojados tengan garantías de que los lugares determinados de reinstalación disponen de viviendas, servicios, materiales e  infraestructuras, como el agua y el saneamiento ( ibid. , párrs. 52 y 55)