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D-911 - C-098/96

Demandado/demandante: GERMAN HUMBERTO RINCON PERFETTI

Proceso: Demandas Ordinarias

Fecha de sentencia: 1996-03-07

Magistrado Ponente: Eduardo Cifuentes Muñoz

D-3778 - C-373/02

Demandado/demandante: NESTOR IVAN OSUNA PATIÑO

Proceso: Demandas Ordinarias

Fecha de sentencia: 2002-05-15

Magistrado Ponente: Jaime Córdoba Triviño

D-5535 - C-537/05

Demandado/demandante: ALBERTO ARANGO BOTERO

Proceso: Demandas Ordinarias

Fecha de sentencia: 2005-05-24

Magistrado Ponente: Alfredo Beltrán Sierra

D-12261 - C-519/19

Demandado/demandante: JUAN PABLO PANTOJA RUIZ VS. LEY 54 DE 1989

Proceso: Demandas Ordinarias

Fecha de sentencia: 2019-11-05

Magistrado Ponente: Alberto Rojas Ríos SV Luis Guillermo Guerrero Pérez AV Alejandro Linares Cantillo AV Carlos Libardo Bernal Pulido

T-5193952 - T-265/16

Demandado/demandante: STELLA GARCIA NUÑEZ VS. PROCURADURIA DISTRITAL DE BOGOTA Y OTROS

Proceso: Acciones de Tutela

Fecha de sentencia: 2016-05-23

Magistrado Ponente: Jorge Iván Palacio Palacio

T-5307628 - T-252/16

Demandado/demandante: CLAUDIA Y OTRO VS. JUZGADO CUARTO DE FAMILIA DE DESCONGESTION DE BOGOTA

Proceso: Acciones de Tutela

Fecha de sentencia: 2016-05-17

Magistrado Ponente: Alberto Rojas Ríos

D-13802 - C-064/21

Demandado/demandante: EDGAR SAAVEDRA ROJAS VS. LEY 23 DE 1981

Proceso: Demandas Ordinarias

Fecha de sentencia: 2021-03-18

Magistrado Ponente: Cristina Pardo Schlesinger

T-7514242 - T-001/20

Demandado/demandante: FLOR ELISA ROBLES DE GAMA VS. UGPP

Proceso: Acciones de Tutela

Fecha de sentencia: 2020-01-14

Magistrado Ponente: Cristina Pardo Schlesinger

Observación: CEDAW-GR-21 La igualdad en el matrimonio y en las relaciones familiares, Párr. 31.

31. Aunque la ley confiera a la mujer este derecho y aunque los tribunales lo apliquen, el hombre puede administrar los bienes de propiedad de la mujer durante el matrimonio o en el momento del divorcio. En muchos Estados, hasta los que reconocen la comunidad de bienes, no existe la obligación legal de consultar a la mujer cuando la propiedad que pertenezca a las dos partes en el matrimonio o el amancebamiento se venda o se enajene de otro modo. Esto limita la capacidad de la mujer para controlar la enajenación de la propiedad o los ingresos procedentes de su venta.

Observación: CEDAW-GR-21 La igualdad en el matrimonio y en las relaciones familiares, Párr. 33.

33. En muchos países, los bienes acumulados durante el amancebamiento no reciben el mismo trato legal que los bienes adquiridos durante el matrimonio. Invariablemente, cuando termina la relación, la mujer recibe una parte considerablemente menor que el hombre. Las leyes y las costumbres sobre la propiedad que discriminan de esta forma a las mujeres casadas o solteras, con o sin hijos, deben revocarse y desalentarse.