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D. Recopilación de datos 81. Otro factor clave que posibilita el reconocimiento de los afrodescendientes y la superación de la falta de visibilidad social que han padecido históricamente es la recopilación, el registro, el seguimiento y el análisis de información fiable sobre sus condiciones de vida. La recopilación, el desglose y el análisis de datos es una etapa importante en la solución de problemas, tanto apremiantes como crónicos. También es una manifestación de la voluntad política de seguir de cerca la situación de los derechos humanos de los grupos que son objeto de discriminación. 1. Conclusiones 82. La existencia de esos datos y de sistemas adecuados para su recolección son instrumentos importantes para la formulación, el seguimiento y la evaluación de políticas públicas de igualdad racial a nivel nacional, regional y local. Las políticas podrían incluir planes de acción nacional contra el racismo y políticas adecuadas de acción afirmativa para contrarrestar disparidades persistentes o estructurales y desigualdades de facto resultantes de circunstancias históricas que han denegado a los afrodescendientes las ventajas necesarias para la plena realización de su potencial.

C. Indicadores sobre las respuestas de los Estados 69. La creación de indicadores sobre la respuesta de los Estados a la violencia contra la mujer es en cierto modo menos compleja que la medición de la violencia, porque el derecho internacional establece claramente las responsabilidades: prevenir, proteger, perseguir judicialmente y ofrecer reparación. (...) 70. (...)También pueden brindar a los mecanismos internacionales de vigilancia, como el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, un marco de puntos de referencia que tener en cuenta al examinar las respuestas de los Estados. 71. En diversos instrumentos de derechos humanos figuran los siguientes criterios mínimos: - Ratificación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y otros instrumentos de derechos humanos; - Garantías constitucionales de la igualdad de la mujer y abrogación de las leyes discriminatorias; - Plan de acción o política ejecutiva sobre la violencia contra la mujer fundado en una sólida base documental y voluntad política de ponerlo en práctica que quede demostrada por la asignación de presupuesto, el establecimiento de plazos y la atribución de vías de responsabilidad; - Marco jurídico eficaz, reglamentos y derecho procesal que den acceso a reparación por la justicia, protección e indemnización; - Penalización de todas las formas de violencia contra la mujer y enjuiciamiento de los autores; - Mayor concienciación y sensibilización de los profesionales y los funcionarios; - Asignación de recursos para que las ONG puedan brindar ayuda, servicios de apoyo, como por ejemplo, albergues, líneas telefónicas de urgencia, defensa de la causa de las víctimas, asesoramiento y otros servicios; - Programas de sensibilización y prevención; - Corrección de las desigualdades estructurales en la promoción del adelanto de la mujer; - Recopilación, cotejo y publicación de datos, en particular evaluación de las políticas y los programas de investigaciones básicas.

44. En general, la necesidad de capacitación constituye una preocupación principal en relación con la identificación de las víctimas de la trata en los países de destino, incluso cuando existen mecanismos o procedimientos que abarcan a todas las partes interesadas pertinentes. La falta de capacitación adecuada también es consecuencia de la asignación de recursos insuficientes a esos servicios, lo que a su vez responde a la voluntad política, centrada, en cambio, en la lucha contra la migración 43 . Se ha determinado que también necesitan capacitación los siguientes grupos: las fuerzas del orden, la policía de fronteras, los asistentes sociales que se ocupan de los casos de asilo, los servicios de inmigración, los centros de asesoramiento para refugiados, los centros especializados en migración, las oficinas de protección social de la juventud, los inspectores de trabajo, las organizaciones de apoyo a la salud, los centros de acogida, los centros de internamiento de migrantes, los servicios jurídicos, los funcionarios municipales, las autoridades laborales, las organizaciones de migrantes, el personal aeroportuario, otros proveedores de servicios de transporte y los dirigentes tradicionales, religiosos y comunitarios de los países de origen 44 .

13. Habida cuenta de que los gobiernos son muy propensos a afirmar que los programas de reparación son inasequibles - sospechosamente, incluso antes de hacer un esfuerzo por cuantificar sus costos - hay constancia de que, más allá de cierto umbral, la voluntad política parece ser un factor más fuerte que las consideraciones socioeconómicas a la hora de determinar no solo si se implementa o no un programa de reparación sino también cuáles serán sus características básicas, incluidos la magnitud y el tipo de medidas de reparación que ofrecerá ofrecerá 4.

76. No existe ningún mecanismo jurídico que pueda neutralizar completamente unas relaciones de poder desiguales, o que pueda compensar la falta de "voluntad política". Sin embargo, la independencia e imparcialidad de los fiscales son herramientas que sirven para evitar que la justicia penal se convierta en instrumento de los poderosos.

57. Además, a fin de asegurar el enjuiciamiento de los delincuentes en el caso de que los delitos cometidos estuvieran sujetos a un plazo de prescripción, la legislación debería ajustarse a la naturaleza concreta del delito, ya que pueden pasar muchos años antes de que las víctimas estén dispuestas a denunciar el abuso sufrido, o en condiciones de hacerlo 47. Del mismo modo, una política de penalización apropiada debe incluir la imposición de sanciones adecuadas. Si bien el Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía no prevé penas mínimas, otros instrumentos sí lo han hecho 48. Por último, tiene que haber voluntad política y una estrategia proactiva para enjuiciar esos delitos, ya que son pocos los países que, aun disponiendo de una legislación adecuada, informan de enjuiciamientos efectivos 49.

1. Mecanismos nacionales de protección 90. Por lo general, de las respuestas recibidas se deduce que, en la mayoría de los casos, no hay mecanismos específicos para proteger a las defensoras y a quienes se dedican a los derechos de la mujer o las cuestiones de género o, en el caso de que los haya, suelen estar obstaculizados por la falta de aplicación, voluntad política o concienciación sobre las cuestiones de género.

96. En otras regiones, uno de los factores que obstaculizan el desarrollo o la aplicación de políticas o prácticas estatales para proteger a las defensoras y a quienes se dedican a los derechos de la mujer o las cuestiones de género es la falta de voluntad de las autoridades, incluida la policía. En estos casos, es posible que los funcionarios públicos o los agentes de policía compartan las opiniones conservadoras y patriarcales imperantes en la comunidad en general sobre las defensoras y quienes se dedican a los derechos de la mujer o las cuestiones de género y, por lo tanto, muestren poco entusiasmo o ninguno en absoluto por protegerlas eficazmente, pese a estar obligados a ello.

4. Las barreras que impiden a las personas con discapacidad acceder a la educación inclusiva para pueden deberse a numerosos factores, entre ellos: a) El hecho de no entender o aplicar el modelo de derechos humanos de la discapacidad, según el cual las barreras en la comunidad y la sociedad, en lugar de deberse a deficiencias personales, excluyen a las personas con discapacidad; b) La persistencia de la discriminación contra las personas con discapacidad, agravada por el aislamiento de las personas que permanecen en instituciones residenciales de larga estancia, y las pocas expectativas que se depositan en las que se encuentran en entornos educativos generales, propiciando que los prejuicios y el miedo aumenten y no se combatan;  c) El desconocimiento de la naturaleza y las ventajas de la educación inclusiva y de calidad y de la diversidad, entre otros ámbitos en lo que respecta a la competitividad, en el aprendizaje para todos; la falta de divulgación entre todos los padres; y la falta de respuestas adecuadas a las necesidades de apoyo, lo que genera temores y estereotipos infundados de que la inclusión provocará un deterioro en la calidad de la educación o repercutirá negativamente en los demás;  d) La falta de datos desglosados y de investigación (ambos elementos necesarios para la rendición de cuentas y la elaboración de programas), lo que impide la formulación de políticas eficaces y las intervenciones para promover la educación inclusiva y de calidad;  e) La falta de voluntad política y de capacidad y conocimientos técnicos para hacer efectivo el derecho a la educación inclusiva, lo que incluye la capacitación insuficiente de todo el personal docente;  f) Los mecanismos de financiación inadecuados e insuficientes para ofrecer los incentivos y realizar los ajustes razonables encaminados a la inclusión de alumnos con discapacidad, la coordinación interministerial, el apoyo y la sostenibilidad;  g) La falta de recursos legales y de mecanismos para obtener reparación por las violaciones.

3. Capacidad de influir en los procesos de adopción de decisiones 63. La mayoría de los interlocutores de los diversos grupos de participación con los que el Experto Independiente mantuvo contactos no pudieron evaluar el impacto de su labor de promoción en los procesos de adopción de decisiones de los espacios de gobernanza mundial, o expresaron escepticismo al respecto. Se describió la participación pública como un ejercicio simbólico, considerado más bien un trámite burocrático, sin posibilidad de ocupar un asiento a la mesa de negociaciones65. Varios representantes de la sociedad civil dijeron que se sentían como si fueran asociados secundarios y consideraban que no valía la pena invertir su tiempo participando en los espacios. En términos generales, como se señala en una de las comunicaciones, los obstáculos a que hacen frente los miembros de los grupos de participación pueden deberse no solo a la falta de voluntad política de los gobiernos de los países anfitriones, sino también a un malentendido entre los encargados de la adopción de decisiones acerca del papel de esos grupos y el valor añadido de su participación en los procesos de adopción de decisiones66.